Verifactu ya tiene fecha. Las sociedades tienen que facturar con un sistema adaptado desde el 1 de enero de 2027, y los autónomos y el resto de obligados, desde el 1 de julio de 2027. Si tu empresa factura con Odoo, o está pensando en implantarlo, esto es lo que cambia y lo que tienes que revisar antes de esa fecha.
Qué es Verifactu, en dos minutos
Verifactu es el nombre corto del Reglamento de los sistemas informáticos de facturación (Real Decreto 1007/2023). Su objetivo es que una factura, una vez emitida, no se pueda modificar ni borrar sin dejar rastro.
Para eso, el programa de facturación tiene que generar un registro de cada factura, encadenado con el anterior mediante una huella digital, e imprimir un código QR en la factura. Hay dos formas de cumplir:
- Modalidad VERI*FACTU: el programa envía cada registro a la Agencia Tributaria en el momento. Es la opción más sencilla de mantener.
- Modalidad «no Verifactu»: el programa no envía nada, pero tiene que firmar y conservar los registros con requisitos más exigentes, y ponerlos a disposición de Hacienda cuando los pida.
Fechas y a quién afecta
- 1 de enero de 2027: contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.
- 1 de julio de 2027: resto de obligados, como los autónomos que tributan en el IRPF.
- No afecta a las empresas que ya llevan el SII (Suministro Inmediato de Información), ni a los territorios forales con su propio sistema, como TicketBAI en el País Vasco.
Las fechas son las del Real Decreto-ley 15/2025, que aplazó Verifactu por segunda vez. 2026 ha sido el año de margen para adaptarse.
Verifactu en Odoo: depende de tu versión y tu edición
Aquí es donde más dudas vemos, porque no todos los Odoo están en la misma situación:
- Odoo Enterprise (versiones 17, 18 y 19) y Odoo Online: Odoo publica su propio módulo de Veri*Factu para la localización española. Hay que instalarlo, cargar el certificado digital de la empresa y configurarlo, pero la base está.
- Odoo Community: el módulo de Odoo no viene incluido, pero Verifactu se puede cubrir con módulos para Community. En IAOdoo ya lo tenemos funcionando en nuestras implantaciones de Odoo Community.
- Versiones antiguas de Odoo (16 o anteriores): no tienen solución oficial. Lo razonable es aprovechar para migrar a una versión actual.
Y un detalle que se olvida a menudo: Verifactu se aplica a todos los programas con los que emites facturas. Si además de Odoo facturas desde un TPV, una tienda online u otro programa, todos tienen que cumplir.
Cómo adaptar tu Odoo, paso a paso
- Comprueba tu versión y tu edición de Odoo (Ajustes → acerca de). Con eso sabes si te vale el módulo oficial o necesitas otra solución.
- Ten a mano el certificado digital de la empresa: lo necesitarás para firmar o enviar los registros.
- Revisa tus series de facturación y las rectificativas. Con Verifactu, una factura emitida no se corrige: se rectifica.
- Haz pruebas antes de la fecha. La Agencia Tributaria tiene un entorno de pruebas para comprobar que los registros llegan bien.
- Forma a tu equipo en lo que cambia en el día a día: nada de borrar facturas ni de reutilizar números.
- Haz inventario de otros programas que emitan facturas (TPV, tienda online…) y adáptalos también.
Errores que vemos con frecuencia
- Dejarlo para diciembre. Instalar el módulo es rápido; revisar series, rectificativas, otros programas y formar al equipo, no.
- Pensar que «Odoo ya lo hace solo». Hay que instalarlo, configurarlo y probarlo.
- Olvidar el TPV o la tienda online, que también facturan.
- Instalar en Community cualquier módulo sin revisar quién lo mantiene. Si deja de actualizarse, el problema vuelve.
Cómo te ayudamos en IAOdoo
Revisamos tu Odoo, te decimos qué necesitas para cumplir con Verifactu y lo dejamos instalado, configurado y probado. Si tienes una versión antigua o Community, te explicamos las opciones y lo que cuesta cada una.
Si ya tienes Odoo, puedes hacerlo con nuestro soporte de Odoo por bolsas de horas. Si vas a implantar Odoo desde cero, lo incluimos en el proyecto: mira cómo trabajamos como partner de Odoo para pymes.
Revisar mi Odoo para Verifactu
Fuentes: Real Decreto 1007/2023 (Reglamento de sistemas informáticos de facturación), Real Decreto-ley 15/2025 (aplazamiento a 2027) y artículo 201 bis de la Ley General Tributaria. Datos revisados el 18 de octubre de 2026; si cambian las fechas, actualizaremos este artículo.